Tras intensos años de negociación sobre asuntos institucionales, los dirigentes de la UE firmaron el 13/12/07 el tratado de Lisboa que vendría a modificar los tratados de la UE y la CE. Entre los objetivos pretendidos figuraba conseguir una Europa de derechos y valores, libertad, solidaridad y seguridad.
1.-El tratado de Lisboa especifica y consolida al comienzo de su articulado, los valores fundamentales y objetivos sobre los que se basa la Unión: << Dignidad Humana, libertad, democracia, e igualdad, Estado de Derecho y respeto de los seres humanos>>.
2.-En la UE existe el compromiso de construir <<una sociedad caracterizada por el pluralismo, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre hombres y mujeres.
3.- Importante que el tratado de Lisboa prevea la adhesión de la UE al Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (OEDH).Además se considera indispensable que la decisión se apruebe por los Estados miembros.
4.-El tratado de Lisboa garantiza los derechos, las libertades y los principios enunciados en la CDFUE cuyas disposiciones se convierten en jurídicamente vinculantes para la UE y los estados miembros.
5.-El tribunal de Justicia de la UE es el órgano encargado de velar por el respeto de la Carta. El artículo 230 del TFUE retorna las innovadoras disposiciones del tratado constitucional gracias a personas físicas que están legitimadas para pedir la anulación de lees europeas o nacionales que violen sus derechos.
6.- Los derechos fundamentales se encuentran garantizados judicialmente en el artículo 47 CDFUE. Los artículos 52 y 53 de la CDFUE fortalecen la garantía de la fundamentalidad de los derechos constitucionales cuando éstos entren en el ámbito de actuación del derecho comunitario.
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